Ponte en Contacto:
Manual Operativo Obras por Impuestos
Descargue acá el Manual Operativo de Obras por Impuestos 3.0 (2024)
Puede descargar el manual operativo 2.0 de las obras por impuestos haciendo clic en este botón:
El documento “Obras por Impuestos – Manual Operativo 3.0” presenta un marco normativo y operativo para la implementación de proyectos financiados a través de impuestos en Colombia. En este resumen, se destacan los siguientes puntos clave:
- El manual introduce el concepto de Obras por Impuestos, proporcionando definiciones y una guía sobre cómo utilizar el manual para la implementación adecuada de proyectos financiados por este mecanismo.
- Se describen las líneas de inversión y tipologías de proyectos financiables. Este apartado establece los criterios para la inclusión de nuevas líneas de inversión y proyectos dentro del esquema de Obras por Impuestos.
- Se presentan dos opciones para la ejecución de proyectos: la opción Fiducia y la opción Convenio. Ambas opciones cuentan con procesos detallados que abarcan desde la presentación de iniciativas de inversión en etapa de pre-factibilidad hasta la entrega y recepción de la obra, bien o servicio.
- Se detalla el proceso de presentación, revisión, estructuración, viabilidad, registro, selección, vinculación, constitución de fiducia y ejecución de proyectos para la opción Fiducia. Este proceso se divide en cinco etapas, incluyendo aspectos como la verificación del cumplimiento de requisitos habilitantes, la selección y aprobación de vinculación al pago del impuesto, y la ejecución y entrega de la obra, bien o servicio.
- Para la opción Convenio, se describe el proceso de presentación, revisión, estructuración, selección y evaluación de proyectos. Este proceso también se divide en etapas, abordando temas como la manifestación de interés para ejecutar proyectos, la aprobación y suscripción de convenios con los contribuyentes y la ejecución de los proyectos.
Este manual busca proporcionar una guía clara y exhaustiva para el desarrollo e implementación de proyectos bajo el esquema de Obras por Impuestos en Colombia.
Glosario del Manual Operativo
A continuación encontrarán el glosario publicado en el manual lucrativo de la a RT para mejor referencia del susodicho y de las diferentes actividades y componentes inherentes al mecanismo de las obras por impuestos.
Actividades. Es la acción que contribuye a la transformación de insumos en productos.
- Actividadeconómicaprincipal:actividadquegeneralamayorpartedelvaloragregado o la actividad cuyo valor agregado supera al de todas las demás actividades que realiza el proyecto.
- Actividad económica secundaria: actividad independiente que genera productos destinados en última instancia a terceros y no corresponde a alguna actividad principal del proyecto.
- Actividad económica auxiliar: actividad que se realiza para respaldar las actividades de producción principales del proyecto que generan productos o servicios no duraderos.
En resumen, las actividades principales son aquellas que generan el mayor valor agregado del proceso de generación de bienes y servicios. Las actividades secundarias generan productos de menor valor agregado, o conexos al principal y las actividades auxiliares son las que se llevan a cabo para respaldar las actividades principales.
Ajustes antes de asignación del contribuyente. Se realizan una vez el contribuyente manifiesta su disposición para adelantar la ejecución de uno de los proyectos publicados por la ART, con la intención de ajustar los costos según el entendimiento del ejecutor, para asegurar que se estén reconociendo de manera completa los costos en los que debe incurrir. Estas modificaciones al proyecto no deberán cambiar el alcance del mismo, entendido como los objetivos generales y específicos, los productos y la localización cuando altera la definición técnica del proyecto. La definición técnica del proyecto hace referencia a los estudios, diseños y especificaciones de los productos a entregar con el proyecto de inversión; los cuales fueron aprobados previamente por la entidad nacional competente durante el proceso de viabilidad
Ajustes después de asignación de contribuyente. Son aquellos que se requiere realizar durante la ejecución del proyecto, y que implican modificaciones que no afectan el alcance del proyecto. Estas modificaciones al proyecto no deberán cambiar el alcance del mismo, entendido como los objetivos generales y específicos, los productos y la localización cuando altera la definición técnica del proyecto. La definición técnica del proyecto hace referencia a los estudios, diseños y especificaciones de los productos a entregar con el proyecto de inversión; los cuales fueron aprobados previamente por la entidad nacional competente durante el proceso de viabilidad
Alcance. Es la suma total de todos los productos y sus requisitos o características. Permite identificar hasta dónde se profundizan los estudios del proyecto de acuerdo a su ciclo de vida. El alcance está enmarcado por las metas de los productos y los respectivos indicadores para su medición.
ART. Agencia de Renovación del Territorio.
Beneficiarios. Corresponde a la población objetivo identificado en el diagnóstico del proyecto, la cual indica el número de personas directas para quienes se solucionará el problema identificado previamente.
Banco de proyectos de obras por impuestos. Es el sistema de información que registra los proyectos que previamente han logrado obtener el concepto favorable de viabilidad técnica y control posterior, realizada por las entidades nacionales competentes, el cual es administrado por la Agencia de Renovación del Territorio y está soportado por el Sistema de Inversiones y Finanzas Públicas – SUIFP.
Bienes Públicos Rurales. Para efectos del mecanismo de obras por impuestos, se considerarán bienes públicos rurales, aquellos dispuestos y utilizados directamente para la realización y materialización de la actividad del sector rural, los cuales deberán ser provistos por el Estado, a través de sus entidades o de la empresa privada. Su utilización por particulares se hará únicamente en virtud de autorización de autoridad competente en la forma establecida en la ley. Los bienes públicos rurales sectoriales deberán incluir complementariamente la dotación de maquinaria y equipos para su operación o uso en la producción agropecuaria primaria y/o manejo de postcosecha y/o comercialización.
Cadena de valor. Relación secuencial y lógica entre insumos, actividades, productos, resultados e impactos en la que se añade valor a lo largo de su proceso de transformación. Se puede decir que en una primera etapa de la cadena de valor se toman insumos, que tienen unos costos asociados, y bajo alguna tecnología y procesos (llamados actividades), se transforman en productos. Luego, en una segunda etapa, los productos, bajo condiciones específicas, generan resultados que, en un tiempo mucho mayor, generan impactos, que deben cumplir, parcial o totalmente, alguna función pública o social del Estado.
Contribuyente. Es toda persona natural o jurídica llamada para cumplir ciertas obligaciones tributarias por la realización del hecho generador establecido en la ley para el nacimiento del tributo. Es el mismo sujeto pasivo de cada impuesto. Para los efectos del presente Manual los contribuyentes, son las personas naturales o jurídicas que han decidido vincular parte de su impuesto de renta y complementarios a uno o más proyectos de inversión a desarrollar en los municipios dispuestos por la normatividad vigente para su intervención.
Costos. Corresponde a la cantidad monetaria que se paga por los insumos programados para la realización de un proceso de servicio. Para los proyectos de inversión los costos se organizan de acuerdo a la etapa en que se realicen sus actividades:
- Costos de preinversión: Son los desembolsos atribuibles al desarrollo de todos los análisis y estudios requeridos para definir la problemática e identificar la mejor alternativa de solución, luego de haber agotado el proceso de evaluación de la factibilidad técnica, legal, ambiental, económica y social de las opciones analizada. Dentro de esta etapa se distinguen tres fases denominadas perfil, prefactibilidad y factibilidad, las cuales pueden ser aplicables según el grado de complejidad del problema a intervenir. La diferencia entre las fases mencionadas radica en la precisión o certeza de la información que aportan los estudios que se realizan en cada una y con los cuales se reduce la incertidumbre que representa la ejecución del proyecto. En la etapa de preinversión tienen lugar dos actividades: 1) La formulación y la 2) estructuración del proyecto. La primera, cubre aspectos como la identificación de una necesidad u oportunidad, la adecuada caracterización de la problemática, la articulación con los desafíos previstos en los Planes de Desarrollo, el planteamiento de las posibles alternativas de solución y la recomendación de la más adecuada. Por su parte, la estructuración comprende un conjunto de actividades y estudios de orden técnico, financiero, ambiental, social y legal que deben realizarse para definir el esquema más eficiente de ejecución de los recursos y dar inicio a la inversión con el menor margen de error posible, para así reducir los niveles de incertidumbre y los riesgos potenciales en diferentes aspectos.
- Costos de ejecución: Son los desembolsos atribuibles a la compra de activos fijos, como compra de terrenos y edificios, pago de obras civiles, compra de equipo y maquinaria, obras de instalación y los costos de capital de trabajo, entre otros. Estos generalmente se concentran durante los primeros períodos de la alternativa y su registro en el flujo de caja así lo reflejará. Sin embargo, puede haber inversiones, reinversiones o reposición de activos físicos y/o capital de trabajo en cualquier etapa de la alternativa de solución.
- Costos de operación y mantenimiento: Son los desembolsos atribuibles a la etapa de operación de la alternativa, como el pago de arrendamiento de infraestructura, servicios públicos domiciliarios, gastos generales y gastos propios del mantenimiento de los activos fijos. Los costos de operación reflejan los desembolsos por insumos y otros rubros necesarios para el ciclo productivo de la alternativa a lo largo de su funcionamiento. Estos generalmente se concentran durante el período denominado operación del proyecto y su registro en el flujo de caja así lo reflejará.
Cupo CONFIS. Autorización máxima de aprobación de proyectos para ser financiados por el mecanismo de pago de obras por impuestos definido anualmente por el Consejo Superior de Política Económica y Fiscal -CONFIS.
Deudas. Son “deudas” las provenientes de las declaraciones por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios, presentadas sin pago o con pago parcial, por el tenedor legítimo de los Títulos para la Renovación del Territorio -TRT. Así mismo, son “deudas” las obligaciones del impuesto sobre la renta y complementarios claras, expresas y exigibles.
Definición técnica del proyecto. Hace referencia a los estudios, diseños y especificaciones de los productos a entregar con el proyecto de inversión; los cuales fueron aprobados previamente por la entidad nacional competente durante el proceso de viabilidad. De acuerdo con lo anterior, los ajustes a la localización del proyecto serán determinados y aprobados por la entidad nacional competente, con base en el sustento técnico y documentos soporte cargados por el contribuyente o el gerente del proyecto con la creación de la solicitud de ajuste en el SUIFP.
Entidad nacional competente (ENC). Son las entidades públicas del orden nacional cabeza de sector encargadas de emitir conceptos técnicos según la temática y el sector asociado al proyecto financiado por el mecanismo de obras por impuestos.
Estado del proyecto. Son los diferentes atributos que adquieren los proyectos de inversión pública durante las diferentes etapas de su ciclo de vida.
Etapa de funcionamiento u operación. Momento en el cual se empieza a utilizar el bien o servicio obtenido en la etapa de inversión y, por tanto, se inicia la generación del beneficio. Esta etapa dura el tiempo que se estipuló en la etapa de preinversión para alcanzar los objetivos del proyecto, es decir, la operación va hasta el periodo en que se espera que ya no se presente el problema que se está atacando con el proyecto. Durante esta etapa también existe seguimiento, el cual busca medir los resultados y el impacto en la cadena de valor; éste se realiza a los componentes y la finalidad en la matriz de marco lógico.
Etapa de inversión. Es la etapa en la cual se materializan las acciones que dan como resultado bienes o servicios y que culmina cuando el o los productos obtenidos comienzan a generar beneficios. En esta etapa se realizan los procesos de ejecución y seguimiento. La ejecución se desarrolla física y financieramente. Las actividades necesarias para la obtención del producto o productos del proyecto deben ser claras, concretas y estar programadas en el tiempo, pues ellas indicarán el monto de recursos que se requiere anualmente para poder lograr el producto en el tiempo estipulado. El seguimiento va de la mano con la ejecución. Este se realiza a los insumos, actividades y productos planteados en la cadena de valor del proyecto a través de indicadores de producto y de gestión que son los que miden el comportamiento físico del proyecto.
Etapa de preinversión. Es la etapa del proyecto que involucra la formulación y evaluación ex ante del proyecto. En esta etapa, se identifica el problema o necesidad y se prepara la información pertinente para establecer si desde el punto de vista financiero, técnico, económico y ambiental es viable emprender el proyecto.
Entidad pública beneficiaria: corresponde a la persona jurídica que deberá recibir la obra, bien o servicio, luego del recibo a satisfacción de la entidad nacional competente.
Factibilidad. Este nivel se orienta a definir detalladamente los aspectos técnicos de la solución planteada con el proyecto. Para ello se analiza minuciosamente la alternativa recomendada en la etapa anterior, prestándole particular atención al tamaño óptimo del proyecto, su momento de implementación o puesta en marcha, su estructura de financiamiento, su organización administrativa, su cronograma y su plan de monitoreo.
Formulador. Se refiere a las personas naturales o jurídicas, como entidades públicas nacionales, territoriales o contribuyentes, que formulan, estructuran y presentan proyectos de inversión a través de un rol oficial, o ciudadano, asignado por la Metodología General Ajustada (MGA) Web, respectivamente. El rol de formulador oficial permite registrar la formulación de proyectos, adjuntar documentos soporte del proyecto, aceptar proyectos que hayan sido presentados a la entidad territorial por formuladores ciudadanos y trasferir proyectos al SUIFP. Por su parte, el formulador ciudadano es asignado a los usuarios una vez se realiza su registro en la MGA WEB por primera vez, y permite realizar la formulación y presentación de proyectos a las entidades territoriales.
Formulación. Es la fase de la preinversión en la cual se identifican la situación actual, la situación esperada y las alternativas de solución para la problemática que se está analizando, que seguidamente pasarán a preparación para iniciar el levantamiento de la información relacionada con los insumos, actividades, costos, tiempos y demás elementos necesarios para obtener el o los productos que las contiene.
Fuente de financiación. Se refiere al origen de los recursos con los cuales se financiarán los costos de las actividades del proyecto de inversión. La fuente de financiación se identifica por la entidad aportante, el tipo de recurso que confiere y el monto. El mecanismo de obras por impuestos solo permite la fuente de financiación originada por el mismo mecanismo o con recursos propios del contribuyente.
Horizonte de evaluación. Periodo que contempla el análisis de las etapas de preinversión, inversión y operación.
Indicador. Es una representación cuantitativa (variable o relación entre variables), verificable objetivamente, a partir de la cual se registra, procesa y presenta la información necesaria para medir el avance o retroceso en el logro de un determinado objetivo. En consecuencia, es a partir de indicadores que se pueden determinar objetivamente los resultados de las intervenciones públicas y valorar su desempeño. Los indicadores deben ser:
C – Claros
R – Relevantes
E – Económicos
M – Medibles
A – Adecuados
Indicador de gestión. Identifica los recursos físicos, humanos y financieros utilizados en el desarrollo de las acciones; y mide la cantidad de acciones, procesos, procedimientos y operaciones realizadas durante la etapa de implementación.
Indicador de impacto. Mide los efectos o cambios resultantes en el bienestar de la población objetivo de la intervención como consecuencia (directa o indirecta) de la entrega de los productos.
Indicador de producto: Cuantifica los bienes y servicios (intermedios o finales) producidos y/o provisionados a partir de una determinada intervención, así como los cambios generados por ésta que son pertinentes para el logro de los efectos directos.
Infraestructura productiva. Conjunto de obras utilizadas en el proceso de la producción primaria y/o trasformación y/o manejo de postcosecha y/o comercialización. Esta infraestructura deberá incluir complementariamente la dotación de maquinaria y equipos para su operación y/o uso.
Insumos. Son los factores productivos, recursos financieros, humanos y materiales con los que se cuenta para llevar a cabo el proceso productivo.
Iniciativa. Para los términos del presente documento se entiende por iniciativa los proyectos que pertenecen a la fase de prefactibilidad y para los cuales se solicita concepto de pertinencia, que permita adelantar los estudios y diseños de preinversión necesarios para llevar el proyecto a fase de factibilidad.
Líneas de inversión. Se refiere a los sectores administrativos para los cuales la normatividad vigente1 habilita la posibilidad de presentar proyectos para ser financiados a través del mecanismo de Obras por Impuestos.
Listado de iniciativas. Son las iniciativas en fase de prefactibilidad, presentadas por los formuladores ciudadanos y oficiales susceptibles de contar con viabilidad técnica y presupuestal para su posterior inclusión en el Banco de Proyectos de Inversión de Obras por Impuestos.
Localización. Se refiere a la ubicación específica y/o geográfica, en donde se deben tener en cuenta las dimensiones de tiempo y espacio. La variable tiempo puede significar oportunidad, calidad, vida o expiración, entre otros, y la dimensión espacio es importante desde el concepto de red de prestación o mercado de bienes o servicios y su área de influencia.
Manifestación de interés para ejecutar proyectos. Es la solicitud que realiza el contribuyente, para financiar la ejecución de proyectos de inversión por medio del mecanismo de Obras por impuestos en la opción convenio.
Mediano Productor. Toda persona natural o jurídica no clasificada como Pequeño Productor ni Mujer Rural de Bajos Ingresos, y cuyos activos totales según balance comercial sean inferiores o iguales a 5.000 SMLV.
Meta. Corresponde a la expresión cuantitativa y cualitativa de los logros que se pretenden obtener con el proyecto. Refleja la magnitud o nivel especifico de los resultados, es decir, de los productos, efectos o impactos que se esperan alcanzar. Su medición debe hacerse en términos de tiempo, cantidad y si es posible calidad.
MGA. La Metodología General Ajustada, es un aplicativo para el registro de los proyectos de inversión pública.
Objetivo general. Es la situación deseada para la población con relación al problema identificado. El objetivo general se origina al convertir en positivo el árbol del problema. El objetivo debe ser:
- Realista: se puede alcanzar con los recursos disponibles.
- Eficaz:nosólorespondeaproblemaspresentessinoaltiempofuturoenqueseubica el objetivo.
- Coherente: el cumplimiento de un objetivo no imposibilita el cumplimiento de otro. o Cuantificable: Es susceptible de medición en el tiempo.
Objetivos específicos. Son los medios previstos para el cumplimiento del objetivo general. Metodológicamente resultan de transformar en positivo las causas del árbol de problema y facilitan el análisis de la(s) alternativa(s) de solución del proyecto. Estos, al igual que el objetivo general, son inmodificables no solo porque responden a la problemática analizada sino porque de ellos se derivan los productos que conforman la cadena de valor del proyecto.
Obras por impuestos. Se entiende como el instrumento por medio del cual las personas naturales y jurídicas que son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, y según la opción del mecanismo que seleccionen, podrán financiar la ejecución de proyectos de inversión dentro de las ZOMAC y los municipios PDET.
Patrimonio contable. El patrimonio contable es el valor residual de los activos del ente económico, después de deducir todos sus pasivos.
PDET. Los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial –PDET, son instrumentos de planificación y gestión para implementar de manera prioritaria los planes sectoriales y programas en el marco de la Reforma Rural Integral (RRI) y las medidas pertinentes que establece el Acuerdo Final, en articulación con los planes territoriales, en los municipios priorizados en el Decreto Ley 893 de 2017.
Pequeño Productor. Es toda persona (productor familiar) cuyos activos totales no superen los 284 salarios mínimos vigentes, incluidos los del cónyuge y que por lo menos el 70% de sus activos estén invertidos en el sector agropecuario, o que no menos de las dos terceras partes de sus ingresos provengan de la actividad agropecuaria (Decreto 2179 del 11 de noviembre de 20152).
Prefactibilidad. En este estudio se evalúan las alternativas que fueron seleccionadas en la fase precedente. Se realizan estudios técnicos especializados de manera que al mejorar la calidad de la información reduzcan la incertidumbre para poder comparar las alternativas y decidir cuáles se descartan y cuál se selecciona. Estos estudios deben incluir al menos los efectos producidos por cambios en las variables relevantes del proyecto (sobre el valor presente neto (VPN), sobre cambios en los gastos de inversión y de operación del proyecto, y las estimaciones de la demanda y de la oferta).
Producción Primaria. Corresponde a la producción, cría o cultivo de productos primarios, con inclusión de la cosecha, el ordeño y la cría de animales domésticos de abasto público previos a su sacrificio. Incluye la zoocría que se ajuste a la normatividad vigente.
Productos. Es el bien y/o servicio que se genera en un proceso productivo y contribuye a la materialización de un objetivo específico del proyecto de inversión.
Proyecto de inversión pública. Se entiende como la unidad operacional de la planeación del desarrollo que vincula recursos públicos (humanos, físicos, monetarios, entre otros) para resolver problemas o necesidades sentidas de la población. Contemplan actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción o de provisión de bienes o servicios por parte del Estado. Éste plasma el proceso de creación de valor.
Proyecto de inversión registrado. Son aquellos proyectos de inversión que luego de surtir de manera satisfactoria los filtros de verificación, viabilidad y control posterior por parte de las entidades nacionales competentes, obtienen los conceptos favorables para quedar, registrados en el Banco de Proyectos de inversión, el cual está soportado por el SUIFP.
Proyectos de inversión de trascendencia económica y social. Son aquellos proyectos que se adelanten en el mecanismo de Obras por Impuestos, que tienen por objeto contribuir a la disminución de las brechas de inequidad, la renovación económica, social e institucional de los municipios establecidos en el Decreto Ley 893 de 2017, de las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado -ZOMAC, o de las jurisdicciones no localizadas en las ZOMAC que resulten estratégicas para dicha reactivación, todo dentro del ámbito de aplicación del presente manual.
Seguimiento. Fase que se desarrolla en la etapa de inversión, en la cual se recolecta, por parte de la entidad ejecutora, información periódica asociada con el avance físico, financiero y cronológico del proyecto. Se realiza a los insumos, actividades y productos planteados en la cadena de valor del proyecto a través de indicadores de producto y de gestión que son los que miden el comportamiento físico del proyecto. En los primeros se reporta el avance en la obtención del producto durante el horizonte del proyecto. Los segundos, miden anualmente el cumplimiento de las actividades necesarias para obtener el o los productos del proyecto programados para ese momento.
Solicitud de vinculación al pago de impuestos. Es la solicitud que realiza el contribuyente conforme a lo previsto en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, para financiar un proyecto por medio del mecanismo de Obras por impuestos.
SPI. Sistema de Información de Seguimiento a Proyectos de Inversión Pública.
SUIFP. Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas.
Transformación. Conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar las materias primas en productos elaborados. Este cambio se fundamenta, básicamente, en la disminución del tiempo de trabajo necesario para transformar un recurso en un producto útil y la agregación de valor, que se ajuste a la normatividad vigente.
Unidad de medida. Es el parámetro o estándar que permite cuantificar una magnitud.
Vinculado económico. Para efectos de la aplicación de lo establecido en el artículo 800-1 del Estatuto Tributario, se consideran vinculados económicos o partes relacionadas, los casos previstos en los artículos 260, 261, 263 y 264 del Código de Comercio; 28 de la Ley 222 de 1995 y los que cumplan los supuestos contenidos en los artículos 450 y 452 del Estatuto Tributario.
ZOMAC. Son el conjunto de municipios que sean considerado como más afectados por el Conflicto Armado establecidos en el Decreto 1650 de 2017 (Por el cual se adiciona un artículo a la Parte 1 del Libro 1; la Sección 1 al Capítulo 23 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y los Anexos números 2 y 3, al Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar los artículos 236 y 237 de la Ley 1819 de 2016).